
Cédula (todo incluido)
Cédula de habitabilidad TODO INCLUIDO
Barcelona ciudad
Cédula de habitabilidad TODO INCLUIDO
Barcelona ciudad
Certificado de habitabilidad
Area metropolitana de Barcelona, Vallès Occidental
Actualmente se encuentra en vigor el Decret 141/2012 que es por el que se regulan las condiciones que tiene que cumplir una vivienda para considerarse habitable.
También hace referencia a las condiciones de habitabilidad anteriores al decreto, que se mantendrán para aquellas viviendas construidas según los diferentes decretos de habitabilidad aprobados y que son los siguientes:
Las cédulas de habitabilidad tienen una validez de 15 años para aquellas obtenidas desde el año 2003. Para edificios de nueva construcción a partir de 2012 la caducidad será de 25 años. Anteriormente las cédulas estaban vigentes durante 10 años. Por lo tanto según el año de construcción del edificio y tenemos el siguiente cuadro de vigencias de la cédula de obra nueva:
Después del contacto visitamos el inmueble en el plazo acordado y según su disponibilidad.
En 24-48h laborables se le entrega por correo electrónico un original del certificado de habitabilidad firmado digitalmente, o se le envía por correo un original con firma manuscrita.
En caso de haber contratado la opción todo incluido:
En 24-48h se presenta toda la documentación de la vivienda en las oficinas territoriales de la Generalitat de Catalunya.
En aproximadamente 30 días la Generalitat envía el original de la Cédula de Habitabilidad por correo a la dirección indicada.
Por regla general, la única documentación necesaria para renovar una cédula de habitabilidad es:
Además según el tipo de vivienda debe añadirse la siguiente documentación que le solicitaremos para realizar los trámites necesarios (en el caso de contratar la modalidad todo incluido)
Documentación acreditativa de la antigüedad, que puede ser cualquier de las siguientes:
La cédula de habitabilidad es un documento que certifica que la vvienda cumple con unos requisitos mínimos de habitabilidad. En Cataluña es obligatorio que todas las viviendas disponga de la misma en vigor, tanto las de obra nueva como las resultantes de reconversión de un edificio existente como las viviendas usadas.
Es un documento obligatorio pero además particularmente necesario a la hora de vender o alquilar una vivienda. También la exigen las compañías de suministros básicos (agua, electricidad, gas...) para dar de alta los servicios o, en su caso, para hacer el cambio de titularidad de un contrato.
Para renovarla un Arquitecto certifica que la vivienda cumple con los requisitos exigidos de habitabilidad por la normativa con respecto a las viviendas usadas. Para ello el técnico realizará una visita en que se comprobarán los parámetros que en ella figuran y con el visto bueno a los mismos se emitirá un Certificado de Habitabilidad, visado por el Colegio de Arquitectos.
Éste debe presentarse en las oficines locales de vivienda o la sede territorial de la Generalitat. La administración puede solicitar entonces documentación complementaria para comprobar los datos aportados u otorgar directamente la cédula.
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